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Seguridad y cumplimiento

Etiquetar contenido generado: lo que exige el artículo 50

Desde el 2 de agosto de 2026 hay obligaciones de transparencia para chatbots, contenido sintético y ultrasuplantaciones. Quién debe hacer qué, en lenguaje claro.

3 min de lecturaRevisada en octubre de 20261 fuente

Desde cuándo

Según la Comisión Europea, el artículo 50 del Reglamento Europeo de IA se aplica desde el 2 de agosto de 2026. Los sistemas comercializados antes de esa fecha tienen hasta el 2 de diciembre de 2026 solo para la obligación de marcado del apartado 2. El contenido creado antes de agosto no tiene que etiquetarse con carácter retroactivo, aunque la Comisión lo anima.

Si desarrollas el sistema (proveedor)

  • Chatbots y sistemas que interactúan con personas: deben diseñarse para que la persona sepa que habla con una IA desde la primera interacción, salvo que sea evidente. La excepción se interpreta de forma estricta.
  • Contenido sintético: audio, imagen, vídeo y texto generados deben llevar marcas legibles por máquina que permitan detectarlos.
  • Excepciones al marcado: textos muy cortos, código fuente, comunicaciones entre máquinas, la asistencia de edición estándar y algunos usos industriales cerrados.

Si usas el sistema en tu empresa (responsable del despliegue)

  • Ultrasuplantaciones: debes avisar de forma visible o audible, como tarde en la primera exposición. La marca técnica del proveedor no basta.
  • Textos sobre asuntos de interés público (política, salud pública, seguridad): deben etiquetarse si se publican para informar, salvo que hayan pasado una revisión editorial humana real con un responsable. Pasar el corrector ortográfico no cuenta.
  • Reconocimiento de emociones y categorización biométrica: hay que informar a las personas expuestas.

Obras creativas y revisión editorial

En obras artísticas, satíricas o de ficción, el aviso de ultrasuplantación puede hacerse de una forma que no estropee la obra. Y los textos con revisión editorial humana genuina no necesitan etiqueta.

El código de buenas prácticas

Existe un código de buenas prácticas sobre transparencia del contenido generado, de adhesión voluntaria, que la Comisión y el Comité de IA consideran adecuado. Quien lo firma puede usarlo para demostrar que cumple; quien no, tendrá que demostrarlo por otros medios y puede recibir más peticiones de información.

Sanciones

Las autoridades nacionales de vigilancia del mercado son las principales encargadas de hacerlo cumplir. Las multas pueden llegar a 15 millones de euros o al 3 % de la facturación mundial, con proporcionalidad para pymes.

Lista práctica para marketing y comunicación

  1. Inventaria qué herramientas generan contenido en la empresa y quién las usa.
  2. Comprueba que tus proveedores marcan el contenido generado.
  3. Define cuándo una imagen o un vídeo es una ultrasuplantación: personas, lugares u objetos reales, o que parecen reales.
  4. Establece un formato de etiqueta visible para esos casos, en el propio contenido.
  5. Si tienes un chatbot de atención al cliente, que se presente como IA en el primer mensaje.
  6. Documenta la revisión editorial de los textos que publicas, con el nombre de la persona responsable.

Resumen informativo basado en las preguntas frecuentes de la Comisión Europea. No es asesoramiento jurídico: la aplicación a un caso concreto requiere análisis.

Fuentes

Contenido redactado por Esclusa a partir de la documentación oficial citada. Los modelos, precios y funciones cambian a menudo: comprueba la fuente antes de tomar decisiones.

@esclusa.ia